Por: Javier Santillán
¿Es estrictamente necesario someter a consulta popular, la aplicación de la justicia?
Analicemos primeramente el gasto que esto genera.
Como la solicitud de consulta popular, se envió después del 15 de septiembre y de conformidad con la Ley de Consultas Populares, y el 35° Constitucional, habría de aplicarse el día 1 de agosto, después del proceso electoral ordinario, en el cual se tiene un presupuesto de 20,000 millones de pesos para su ejecución, el cual se puede repetir hasta en el 78% para la consulta popular.
Luego de analizar el gasto técnico/operativo para la realización de la consulta, pasemos al resultado.
La respuesta es en código binario, es decir solo se va votar; si se está de acuerdo o no con el contenido de la pregunta; si la mayoría determina con un si, su voluntad. Entonces la FGR iniciaría investigaciones o continuaría con ellas como el caso Obredetch, en contra de figuras políticas involucradas.
Lo importante o necesario sería establecer una Comisión de la Verdad integrada o sostenida por la ONU. Pero nisiquiera tocado el tema.
Y si remotamente la respuesta fuere no, entonces la Fiscalía tendría que dar carpetazo a las investigaciones que hay en contra de algunos de los Ex mandatarios y funcionarios con presuntos actos de corrupción.
Y vuelve a salir a la luz la pregunta, ¿es necesario realizar una consulta popular, para la aplicación de la justicia?
Es un acto de democracia participativa, y solidaridad con las víctimas, o es mero populismo sin menoscabo.