Por Hugo Gama Coria
En gran medida la progresividad de los derechos humanos ha sido gracias cambios conceptuales en otras ciencias, por movimientos políticos o a los cambios socioculturales. El cambio de conceptos, su evolución o ampliación ha permitido a los operadores jurisdiccionales y a los justiciables entender, reconocer y garantizar con una nueva cosmovisión los derechos humanos, que no implican el accionar al Poder Reformador.
La mutación conceptual de términos establecidos en el último párrafo del artículo primero constitucional, las diversas interpretaciones de la Corte o el derecho internacional, han ampliado el entendimiento de las categorías sospechosas establecidas en la referida disposición constitucional, dado que el alcance de las palabras ha cambiado o se han ampliado.
¿Qué es la mutación constitucional? son cambios constitucionales no formales, que se dan con la evolución de las ideas y de los conceptos que no afecta el texto constitucional, pero sí su significado, ello derivado de las posturas políticas, socioculturales, las costumbres, la interpretación o el derecho internacional.
Las mutaciones constitucionales han impactado en el caso de México en más y mejor protección de los derechos humanos, caso especifico serían las categorías sospechosas relativas al genero o las preferencias sexuales, que han dado paso al reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo, la adopción para ese supuesto y recientemente el aborto legal.
Para los avances jurídicos mencionados, no ha sido necesario algún cambio constitucional, sino que solamente se han tomado nuevos conceptos e ideas que permiten una interpretación más amplia y protectora, con lo cual se puede señalar que la mutación puede significar progresividad.