Cómo destituir a Trump


Por Teresa Da Cunha Lopes

En la secuencia del asalto al Capitolio , mucho se habla y se comenta sobre la 25a. enmienda y sobre el impeachment (el juicio político) como posibles instrumentos para destituir a Trump.

La 25ª enmienda, la vía lógica, es imposible dada la posición del Vicepresidente Pence que se recusa a realizar las acciones necesarias para iniciar el proceso de remoción del presidente. Así que restan dos soluciones: el juicio político (por vía del poder legislativo) o la renuncia de Trump. Veamos, el escenario del juicio político.

Constitucionalmente, un presidente estadounidense puede ser sometido a un juicio político por “treason, bribery, or other high crimes and misdemeanors”.

Así las cosas, los Padres fundadores otorgaron a la Cámara de Representantes “el único poder de impeachment”; (o sea la de iniciar el proceso y votar, por mayoría simple, sobre las causales, “articles of impeachment” ), y al Senado, “el único poder para juzgar todos los impeachments”; y al presidente de la Corte Suprema de Justicia el deber de presidir los juicios de acusación en el Senado.

Ahora bien, sólo la segunda fase, el juicio en el Senado, puede resultar en la remoción del presidente. Esto, siempre y cuando se reúna una mayoría de 2/3. Lo que significa que a condena y destitución de Trump requeriría 67 votos en la Cámara alta. En caso de se alcanzar este resultado en el Senado (Cámara alta) la decisión es inapelable, o sea la Suprema Corte no puede intervenir , ya que los constituyentes muy claramente rechazaron incluir una apelación de una condena del Senado ante el poder judicial federal.

El proceso, en dos fases y dos sedes, parece ser el deseable. Pero, existe un abismo entre lo que “deseamos” y, lo que legalmente (y, con resultados concretos) se puede hacer en 12 días. O sea, no hay tiempo, aun que la Cámara opte por un voto “fast track”, sin pasar por las audiencias de testigos en comisiones, de complementar el juicio del impeachment en el Senado.

Esta cuestión de los “tiempos” es crucial. Nos lleva a colocar algunas otras cuestiones . ¿Puede el Senado llevar a cabo el juicio político después de la finalización del mandato presidencial de Trump, o sea después del 20 de enero? La opinión de un grupo importante de especialistas (constitucionalistas) es, no . Yo sigo este criterio , defendido por ejemplo, por Cass Sunstein (Harvard ), autor del libro de referencia “Impeachment: A Citizen’s Guide”. Claro que siempre encontraremos algún que otro jurista que defienda la opinión contraria, tal como es el caso de Michael Gerhardt de Carolina del Norte.

¿Existe algún precedente? Recordemos que estamos en territorio en que uno de los paradigmas es el principio del precedente. La respuesta es si y no. Me explico. Nunca existió un caso de un impeachment post finalización del mandato de ningún presidente . Sin embargo, en el 1876, el entonces Secretario de Guerra William Belknap ( gabinete de Grant ) fue sometido a juicio político después de renunciar a su puesto. Cómo ” precedente ” es remoto , discutible y, como diríamos en inglés :”filmsy”. A pesar de estas dificultades constitucionales, tenemos que tener en cuenta otras consideraciones.

Hacer pasar, por un voto de la Cámara baja, la primera fase del proceso de destitución , puede tener un VALOR SIMBÓLICO, aunque no aterrizará en la destitución del presidente, misma que sólo es posible con la segunda fase del proceso de destitución, la del juicio propiamente dicho, en el Senado.

¿Cual sería el escenario más “positivo”, tanto para demócratas como republicanos, incluyendo el propio Trump? Un escenario a la Nixon, o sea la renuncia del presidente. Pero, en el caso de Nixon , existió un incentivo para su renuncia, además de evitar el impeachment : un perdón presidencial.

No estoy segura si Trump no lo está buscando, dado la situación legal que se puede generar después del término de su mandato , el 20 de enero. Este perdón, estaría entonces en manos de Pence, asumiendo que acepta ejercer, por los pocos días que restan, el cargo de presidente, con la casi única tarea de firmar ese perdón.

La cuestión es si este último escenario es posible en el clima político producido por el asalto al Capitolio y, bajo las condiciones de enfrentamiento social, reproducidas en la división de las líneas partidarias. Lo dudo

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