Hacia una Justicia electrónica

Una solución a la crisis de la Justicia en la era de la Covid 19.

Por Teresa Da Cunha Lopes

La crisis de la Covid 19 destaca la debilidad del poder judicial. La era de la Covid 19 nos obliga a repensar la justicia electrónica. La transición a esta es obligatoria. Sus elementos deben ser accesibilidad , interoperabilidad (administrativa y judicial), capacitación y seguridad.

El sistema no debe ser pensado sólo para facilitar el trabajo de los tribunales, sino para simplificar, democratizar el acceso del individuo, del ciudadano a la justicia. Lo que la Covid 19 nos obliga a pensar, no es el costo de la Justicia, sino los costos de la injusticia para todos, en particular para grupos vulnerables. Y, como corregir brechas en el acceso y ejercicio de los derechos fundamentales.

Para tal es necesaria no sólo la existencia de capacidad técnica, pero también es fundamental la voluntad política. El todo enmarcado en un paradigma humanista, pensado para el empoderamiento del individuo, y no para fortalecimiento del autoritarismo burocrático.

El cierre de los tribunales al público, lógico en vista de los imperativos de salud del momento, plantea preguntas y obliga a buscar  soluciones concretas. Por un lado, estamos ante una situación sin precedentes en la historia del país. Por otro lado, preocupa que un poder soberano, con funciones sustantivas primordiales, la justicia se ha reducido , en la pandemia, a un «servicio público» que probablemente se interrumpirá por algún tiempo, de la misma manera que educación nacional y los «servicios no esenciales».

Al trazar los contornos del estado de emergencia sanitaria, la justicia no ha aparecido como una función vital para mantenerse activa con hospitales y tiendas de alimentos.

Las debilidades del sistema de justicia salieron a la luz durante el confinamiento impuesto al país por la crisis de salud. Los magistrados, cuya misión es esencial, y cuya actividad no debe poder ser suspendida bajo ningún pretexto, fueron obligados, durante el encierro, debido en particular a la incapacidad de la infraestructura de red, y a la falta de una modernización digital para acceder a los procedimientos, a detener el curso  de la justicia.

Tribunales que no están equipados con equipos informáticos, un retraso considerable en la digitalización de herramientas y procedimientos, una organización que está hipercentrada en lo presencial, y que deja a los tribunales de apelación y a la Corte con una sobrecarga significativa.

Más allá de estas deficiencias, la forma en que se ha aplicado el confinamiento a los tribunales cuestiona el lugar de la justicia en la sociedad. No todos los magistrados han dejado de trabajar. Pero la incapacidad material para acceder a los procedimientos de forma remota ha detenido el curso de la justicia. En cierta manera, la Covid 19 COVID-19  amplió la brecha de justicia, creó nuevas “injusticias”, reforzó las asimetrias, visibilizó subculturas de discriminación.  Brecha enorme, en términos de número y, por las consecuencias, los impactos sobre individuos reales concretos, vidas humanas que no pueden ser tratadas como simple estadística. En un reciente artículo de opinión, publicado en la plataforma de Project Syndicate, Sandie Okoro y Paul Prettitore arrojan los seguintes datos: “En todo el mundo, se estima que 1,5 mil millones de personas se enfrentan a problemas legales que no pueden resolver, mientras que 4,5 mil millones personas – en particular mujeres, personas pobres, y otras personas vulnerables – están excluidas de las protecciones y oportunidades que ofrece la ley”. Estos datos duros, estadísticas frias pueden ser consultados en el informe “Justice for All. The Task Force on Justice” 

Sin embargo, no todo es negativo en las crises. Las crises producen áreas de oportunidad que tenemos que aprovechar. O sea, las crises también tienen ventajas.

La Covid 19 nos obligó a transiciones interesantes, tanto en el área de la educación y de la justicia. Estas transiciones abriron vías a la difusión y uso de nuevas tecnologías en las áreas sustantivas de las democracías. Estas vías deben de permanecer para allá de la era post Covid 19 y, transformarse en el eje prioritario de las políticas públicas en materia de derechos fundamentales.

El uso de las nuevas tecnologías de la información aparecen como una necesidad, un recurso que no podemos rechazar. Es necesario crear tecnologías amigables con el usuario, que acerquen al individuo, al ciudadano a la Justicia.

O sea, la justicia electrónica no es solamente un problema técnico es una solución a políticas públicas de un estado de derecho que tenga como obejtivo garantizar el ejercicio real de los derechos fundamentales. En este sentido, las tecnologías de la sociedad de la información y del conocimiento deben ser colocadas al servicio del individuo en base a un paradigma humanista.  Y, con una meta muy precisa, eliminar brechas, lo que en que en el campo de una Justicia para todos, significa pensar el nuevo sistema en tres dimensiones: una dimensión sanccionadora, una dimensión redistributiva y una dimensión restaurativa

En un reciente trabajo de la jurista Sophie Perez Fernandes,  publicado bajo el título en portugués, “O digitalismo é uma forma de humanismo – o contributo da União europeia na formatação do humanismo digital como paradigma de vida em sociedade do século xxi “,se propune un paradigma “existencialista”, sartreano de la relación entre el individuo y la justicia que podría ser operativo para pensar el modelo de justicia electrónica bajo un paradigma de la acción, diría yo, de la evolución, del movimento, de la dinamica de políticas públicas sometidas a lo que queremos ser, devenir :  “ El ser humano es lo que elige ser y, por lo tanto, define su esencia. Al rechazar la existencia de cualquier plan preexistente al que el ser humano tenga que conformarse, Sartre valora la elección humana y, sobre todo, la libertad de elección humana en términos casi paradójicos: el ser humano no solo es libre, sino que está condenado a para ser libre, y en términos que resuenan con cualquier jurista, el ser humano no tiene otro legislador que él mismo.”

Pero, no solo necesitamos de un paradigma iusfilosófico para desarrollar un modelo de justicia electrónica para la era de la Covid 19 y de la post pandemia. Es, también necesario mirar el desarrollo de modelos ya operativos o en fase de construcción y realizar estudios de impacto de la implementación de soluciones en el contexto mexicano .

Cuales son las “buenas prácticas” , como se pueden intercambiar experiencias en “las áreas de capacitación, intercambio de información y análisis, proyectos y servicios relacionados con las TIC, investigación y desarrollo, y consultar regularmente entre sí y coordinar sus actividades de programación”, son elementos a  tener en consideración en un contexto  administrativo y judicial tan complejo como el diseñado por el pacto federal, en que la cooperación, interoperabilidad y armonización tiene que ser pensada a la escala de 32 entidades federativas.

Este es el reto que tenemos ante nosotros. Crear un sistema de impartición de Justicia basado en estructuras de Justicia electrónica que aseguren una Justicia centrada en las personas y no en las estadísticas. Una simplificación de procesos sin obviar la seguridad de datos personales ni la equidad, legalidad y no discriminación. En particular, eliminar la revictimización y asegurar que, a partir del entendimiento de cómo la carga de la injusticia recae en los diferentes grupos de una sociedad, posamos caminar hacía un verdadero estado democrático, constitucional, garantista de los derechos fundamentales y de su ejercicio. En este sentido, tal como lo refería con anterioridad, la Covid 19 es la crisis que abre ventanas de oportunidad.





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