¿Y, cómo va la llamada Reforma Educativa de AMLO?

Por: Daniel Ambriz Mendoza.

En nuestro país hay pocos proyectos que no se politizan, los que corren con esa suerte tienen mayores posibilidades de concluir con éxito, por lo contrario, los proyectos que se politizan cuentan con la desventaja de quedar inconclusos, entrampados o incluso con conflictos internos a cuestas. Otro defecto de nuestra clase gobernante es la de hacer cambios a las políticas públicas en marcha sin evaluaciones previas que determinen ajustes periódicos o renovación total al cambio de gobierno.

Tal es el caso de lo que desde hace seis años se le ha dado por llamar Reforma Educativa, porque lo que en realidad se ha venido dado ha sido una serie de reformas a varios artículos de la Constitución Mexicana que han tenido repercusión en el campo educativo. Producto de la politización que arriba señalo, surgieron en la implementación de dicha reforma muchos calificativos que sirvieron para dividir y confrontar a los principales actores educativos, el objetivo politizador se cumplió cabalmente. El objetivo de mejorar la calidad de la educación fue solo adorno retórico de un discurso que se fue desfondando con el paso del tiempo y que ni por asomo fue logrado. El objetivo educativo quedó inconcluso.

Pero ahora estamos viviendo una nueva historia, estamos nuevamente ante una reforma Constitucional a los artículos 3°, 31 y 73, reformas que en medio de la politización política que no ha desaparecido han querido pasar como “abrogación” de lo anteriormente realizado pero que en realidad solo se harán ajustes, cambio de enunciados, adiciones y derogaciones, o sea, unas cosas por otras, algunas con un sentido totalmente diferente, hay que recalcarlo, pero otras, están siendo maquilladas de manera profesional para transformarlas y hacerlas pasar como diferentes. En este momento ya no tiene caso pensar si de la anterior reforma quedaron comas o no, ahora es tiempo de analizar objetivamente lo que en realidad está pasando.

De forma, para entender lo que está sucediendo pensemos en la respuesta de la siguiente interrogante, ¿Cómo va la llamada reforma educativa? El 12 de diciembre del 2018, el Presidente de la República envió a la Cámara de diputados Federal la iniciativa de reforma con proyecto de decreto de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Mexicana, posteriormente, el 24 de abril del 2019, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprobó por mayoría la iniciativa del Presidente de la República y la turnó a la Cámara de Senadores; el 30 de abril del mismo año, la minuta enviada por la Cámara de Diputados tuvo su primer tropiezo al no ser aprobada en lo particular por la mayoría calificada de la Cámara de Senadores, faltó un voto para lograrlo.

Finalmente, el pasado 9 de mayo la minuta que había sido rechazada fue aprobada por mayoría tanto en lo particular como en lo general, enviándola a los H. Congresos estatales para su respectiva aprobación por tratarse de una reforma Constitucional, hasta el momento de terminar de escribir esta columna van 12 Congresos locales que la han aprobado, entre ellos, Tlaxcala, Hidalgo, Morelos, Tabasco, Chiapas, Oaxaca, Colima, Zacatecas, Campeche, Chihuahua, Veracruz y Nuevo León, faltan 5 Congresos Locales para llegar a los 17 necesarios para que el Ejecutivo Federal haga la respectiva promulgación de las reformas y se publique en el Diario Oficial de la Federación. Entrarán en vigor un día después.

Pero de fondo, ¿Qué cambios se dieron en los mencionados artículos Constitucionales?, lejos del cambio de una palabra por otra o del maquillaje de enunciados y frases semánticas, el principal cambio consiste en la derogación de la fracción III del artículo 3° Constitucional eliminando el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia a través de una evaluación, suprimiendo también el Servicio Profesional Docente y consecuentemente la Ley General del Servicio Profesional Docente. Ante esta derogación, ¿Qué funcionará en su lugar? La nueva iniciativa de reforma señala que, respecto a los procesos de admisión, promoción y el reconocimiento de los trabajadores al servicio de la educación quedarán estipulados en la nueva ley reglamentaria del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (Sustituto del Servicio Profesional Docente) y se realizarán a través de procesos de selección sin especificar cuales, prevaleciendo la rectoría del Estado Mexicano, dejando claro que la evaluación se seguirá aplicando con fines de diagnóstico y de mejora educativa pero no estará vinculada a la permanencia en el servicio educativo. Para emitir la nueva ley reglamentaria el H. Congreso de la Unión cuenta con 120 días después de que el decreto de reforma sea promulgado y publicado en el DOF.

Otro cambio significativo fue la reforma a la fracción IX del artículo 3° en donde se mandata la creación del Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, que se compondrá de una Junta Directiva, un Consejo Técnico de la Educación y un Consejo Ciudadano honorífico, esta acción trae consigo la desaparición del INEE y la ley que lo regula. Por este motivo tendrá que emitirse una nueva ley que reglamente a este nuevo organismo, se contará también con 120 días después de decretar y publicar el decreto de reforma Constitucional para discutir, aprobar y publicar esta nueva ley.

La fracción XXV del artículo 73, suprime al Servicio Profesional Docente y faculta al H. Congreso de la Unión para el establecimiento del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.

Para la universalización de la educación, la obligatoriedad del Estado para garantizar la educación pública y gratuita desde la educación inicial hasta la educación Superior, la promoción de la honestidad y los valores en las escuelas, la impartición de una educación plurilingüe, el fortalecimiento de las escuelas normales públicas, el derecho a la formación continua y a la profesionalización de los maestros, entre otros propósitos, tendrá mucho que ver el presupuesto anual destinado a la educación y a la vocación por educar de los nuevos funcionarios en el gobierno, aspectos como estos, son fundamentales pero comúnmente se han venido quedando como una legítima aspiración por la falta de los dos factores arriba mencionados.

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