Morelia, Michoacán. El Pleno de la LXXV Legislatura declaró el Ha Lugar a admitir a discusión reformar el artículo 2° constitucional, en materia de accesibilidad en espacios públicos y de uso público a las personas con discapacidad.
Las y los legisladores michoacanos declararon en el dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales, que no existe inconstitucionalidad en la iniciativa propuesta por la diputada María Guadalupe Díaz Chagolla, mediante la cual se adiciona un párrafo al artículo 2°de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo. Fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Derechos Humanos para análisis y dictamen.
La finalidad de dicha iniciativa es que toda persona con discapacidad tenga el derecho a la accesibilidad en condiciones dignas y seguras en espacios públicos y de uso público. Así mismo, la accesibilidad debe ser garantizada de forma transversal en todos los servicios e instituciones públicas del Estado.
El dictamen establece que de acuerdo a la Convención Sobre los Derechos de las personas con Discapacidad, menciona en su artículo 3° que los principios de dicha Convención es el respeto a la dignidad inherente, autónoma e individual, e independencia de las personas, definiendo como directrices la no discriminación, la participación e inclusión plena y efectiva dentro de la sociedad, respeto a la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humana, igualdad de oportunidad y accesibilidad.
Reconocieron que dicha propuesta no contraviene los principios fundamentales que marca nuestro texto constitucional a nivel federal, con lo cual se estaría protegiendo la dignidad de la persona y velando por la máxima protección de este grupo vulnerable.